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Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Señoras/Señores Al contestar refiérase al oficio Nº 18251 13 de diciembre de 2023 DJ-1999 Jerarcas, directores jurídicos y demás titulares subordinados de la Administración Pública Estimados(as) señores(as): Asunto: Oficio de carácter preventivo “Siete pilares para una buena conducción de los procesos judiciales en la Administración Pública, con el involucramiento pleno de la alta dirección”. La correcta y eficiente atención de los juicios es una importante tarea que compete a todas las Administraciones Públicas. Los resultados, favorables o desfavorables, que se obtengan en esos procesos, dependen de una serie de factores y pueden tener una gran incidencia sobre el funcionamiento de las instituciones. De manera que, se deben tomar acciones efectivas para asegurar una buena gestión en ese ámbito, que considere los riesgos más importantes y establezca medidas razonables para su administración. Para ello, la Contraloría General recomienda tener en cuenta estos siete pilares esenciales; ????????????????????????????????????? ????????????????????????????????????????????? ??????????????????????????????????? ???????????????????????? ?????????????????????????????????? ???? ????????????????? ??????????????????? ???????????????????????????????????? ???????????????? ????????????????????????????????? ???????? ???????????????? ??????? ?????? ???????????????????????????????????????? ?????????????????????????????????????????????? ???????????? ????? ??????????????????????? ???????????? 1 5 2 6 3 7 4 http://www.cgr.go.cr/ 2División Jurídica Consideramos que la implementación de estas medidas de manera planificada, organizada, sistemática, ajustada a las particularidades de cada Administración y con el involucramiento pleno de la alta dirección, constituyen una base fundamen ...
Fecha publicación: 14/12/2023
Fecha emisión: 13/12/2023
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES
Emite: División Jurídica
Tipo documental: OFICIO DE ASESORIA DE LA HACIENDA PUBLICA
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Señoras/Señores Al contestar refiérase al oficio Nº 8675-2023 30 de junio de 2023 DJ-1002 Jerarcas y titulares subordinados de la Administración Pública Estimados(as) señores(as): Asunto: Oficio de carácter preventivo “Diez medidas claves para una buena gestión de los procedimientos administrativos”. 2 Realizar una buena gestión de las investigaciones preliminares 1Tener un manejo adecuado de los expedientes administrativos 3 Contar con sistemas de información y bases de datos actualizadas, confiables y accesibles 4 Disponer de asesoramiento jurídico y técnico, así como tomar previsiones en caso de contratación de servicios externos 5 Apoyarse en las herramientas tecnológicas para llevar a cabo las distintas tareas, especialmente las comparecencias virtuales 6 Efectuar un oportuno control de los plazos que pueden incidir en la buena marcha de los procedimientos (caducidad y prescripción) 7 Anticipar y prevenir posibles conflictos de intereses 8 Gestionar oportunamente los dictámenes preceptivos externos en los casos que se requiera conforme a la normativa legal 9 Dar seguimiento a la ejecución, especialmente en los casos que amerite la recuperación de sumas por concepto de responsabilidad patrimonial 10 Establecer un adecuado marco de control interno como apoyo en la gestión de los procedimientos administrativos http://www.cgr.go.cr/ 2División Jurídica I. OBJETIVO Y ALCANCES DEL OFICIO PREVENTIVO La Contraloría General de la República, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales como órgano encargado de la vigilancia de la Hacienda Pública (artículos 183 y 184 de la Constitución Política) y rector del sistema de fiscalización consagrado en su Ley Orgánica (n.° 7428 del 7 de septiembre de 1994), conforme a sus competencias de control externo, que incluyen el as ...
Fecha publicación: 06/07/2023
Fecha emisión: 30/06/2023
Institución: PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO
Emite: División Jurídica
Tipo documental: OFICIO DE ASESORIA DE LA HACIENDA PUBLICA
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Señoras/Señores Al contestar refiérase al oficio Nº 22360 9 de diciembre de 2022 DJ-2668 Miembros de Concejos Municipales Alcaldes y Alcaldesas Municipales Vicealcaldes y Vicealcaldesas Municipales Miembros de Concejos Municipales de Distrito Intendentes/as de Concejos Municipales de Distrito Viceintendentes/as de Concejos Municipales de Distrito Estimados(as) señores(as): Asunto: Oficio de carácter preventivo relacionado con la protección de confidencialidad de la identidad de los denunciantes de conformidad con la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en Función Pública (Ley n.° 8422) y su Reglamento. Oficio preventivo Régimen de confidencialidad de la identidad de los denunciantes I. OBJETIVO Y ALCANCES DEL OFICIO PREVENTIVO La Contraloría General de la República, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales como órgano encargado de la vigilancia de la Hacienda Pública (artículos 183 y 184 de la Constitución Política) y rector del sistema de fiscalización consagrado en su Ley Orgánica (n.° 7428 del 7 de septiembre de 1994), conforme a sus competencias de control externo, que incluyen el asesoramiento y orientación en temas vinculados con el ordenamiento de control y fiscalización superiores, emite el presente oficio preventivo, dirigido a los sujetos pasivos indicados, con el propósito de poner en conocimiento de los destinatarios algunos aspectos relevantes en relación con la protección de confidencialidad de la identidad de los denunciantes, de acuerdo con lo establecido en la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (en adelante LCCEIFP) y su Reglamento (en adelante RLCCEIFP). http://www.cgr.go.cr/ 2División Jurídica Por medio de este oficio de carácter preventivo, se busca brindar información relevant ...
Fecha publicación: 12/12/2022
Fecha emisión: 09/12/2022
Institución: MUNICIPALIDAD DE ASERRI
Emite: División Jurídica
Tipo documental: OFICIO DE ASESORIA DE LA HACIENDA PUBLICA
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 18622 02 de noviembre del 2022 DJ-2415 Señor William Rodríguez López Ministro de Turismo Instituto Costarricense de Turismo Correo electrónico: ministro@ict.go.cr Estimado señor: Me refiero a su oficio n.° DM-469-2022 con fecha 31 de octubre de 2022, donde textualmente señala: “Analizados los alcances del oficio N° 7782, también identificado con la nomenclatura DJ 1029- 2022, de la División Jurídica de la Contraloría General de la República, procedo a informarle que el suscrito, en mi condición de Presidente Ejecutivo del Instituto Costarricense de Turismo, participo en las siguientes Juntas Directivas y Comisiones, por mandato expreso de Ley. Lo anterior, bajo el entendido que el no participar injustificadamente podría generar un incumplimiento legal en mi carácter de funcionario público”, seguido con la descripción de los órganos donde ejerce las funciones que menciona. Sobre el particular, es pertinente señalar que en su misiva no formula ninguna petición ni formaliza trámite alguno que amerite la atención por parte de este Despacho, de forma que únicamente se brinda el correspondiente acuse de recibo. Asimismo, es oportuno indicar que -conforme se alude en el oficio preventivo n.° 7782 (DJ-1029) de fecha 10 de mayo de 2022, emitido por este Órgano Contralor- es responsabilidad exclusiva de los sujetos pasivos sometidos a dicha regulación especial, la verificación de las condiciones propias de su cargo, a efectos de gestionar lo que estime conveniente en apego la regulación aplicación aplicable, fundamentamentalmente lo establecido en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en Función Pública (Ley n.° 8422) y su Reglamento. Por otra parte, en caso de mantener alguna duda, puede dirigir la consulta de conformidad con el Reglamento sobre la Recepción y Atención de Consultas dirigidas a la Contraloría General de la República, observando los requisitos establecidos al efecto. En tal supu ...
Fecha publicación: 02/11/2022
Fecha emisión: 02/11/2022
Documento: 18622-2022.pdf
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: División Jurídica
Tipo documental: OFICIO DE ASESORIA DE LA HACIENDA PUBLICA
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Señoras/Señores Jerarcas y titulares subordinados de la Administración Pública Al contestar refiérase al oficio Nº 7782 10 de mayo de 2022 DJ-1029 Particularmente: Presidente y Vicepresidentes de la República Diputados(as) Magistrados(as) propietarios del Poder Judicial y del Tribunal Supremo de Elecciones Ministros(as) Contralora y Subcontralor generales de la República Defensora y Defensora adjunta de los habitantes Procurador(a) general y Procurador(a) general adjunto de la República Regulador(a) general de la República Viceministros(as) Oficiales mayores Miembros de junta directiva Presidentes ejecutivos Gerentes y Subgerentes Directores y Subdirectores ejecutivos Jefes de proveeduría Auditores y Subauditores internos Alcaldes y Alcaldesas municipales 2División Jurídica Oficio preventivo Régimen de incompatibilidades en la función pública Estimados(as) señores(as): Asunto: Oficio de carácter preventivo relacionado con el régimen de incompatibilidades y sus efectos establecido en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en Función Pública (Ley n.° 8422) y su Reglamento. I. OBJETIVO Y ALCANCES DEL OFICIO PREVENTIVO. La Contraloría General de la República, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales como órgano encargado de la vigilancia de la Hacienda Pública (artículos 183 y 184 de la Constitución Política) y rector del sistema de control y fiscalización consagrado en su Ley Orgánica (n.° 7428 del 07/09/1994), conforme a sus competencias de fiscalización que incluyen el asesoramiento y orientación de carácter preventivo, a los sujetos fiscalizados para evitar que ocurran irregularidades que violenten el cumplimiento de la legalidad administrativa y que puedan configurar un perjuicio para la sana administración de los fondos pú ...
Fecha publicación: 11/05/2022
Fecha emisión: 10/05/2022
Institución: BANCO DE COSTA RICA
Emite: División Jurídica
Tipo documental: OFICIO DE ASESORIA DE LA HACIENDA PUBLICA
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 00090 5 de enero, 2022 DJ-0015-2022 Señores(as) Concejo Municipal Vicealcalde(sa) Municipalidad de Corredores Estimados(as) señores(as): Asunto: Comunicación preventiva de la Contraloría General de la República sobre la improcedencia de reconocimiento salarial a funcionarios suspendidos por causa penal que impide el desempeño de sus labores. La Contraloría General de la República en ejercicio de sus atribuciones constitucionales como órgano encargado de la vigilancia de la Hacienda Pública (artículos 183 y 184 constitucionales) y rector del sistema de control y fiscalización consagrado en su Ley Orgánica n.° 7428 del 07/09/1994, conforme a sus competencias en materia de fiscalización que incluyen el asesoramiento y orientación de carácter preventivo a los sujetos fiscalizados para evitar la ocurrencia de irregularidades que puedan configurar un perjuicio para la sana administración de los fondos públicos, hace del conocimiento de las instancias indicadas que mediante el ejercicio de su función consultiva, este Órgano Contralor se ha pronunciado en cuanto a la improcedencia del reconocimiento salarial a funcionarios suspendidos por causa penal que impide el desempeño de sus labores. Al respecto, se ha indicado lo que se reseña a continuación: 1) Mediante oficio n.° 14312 (DJ-1326) del 05 de octubre de 2018 (criterio vinculante para el gestionante), se evacuó consulta en torno a la procedencia o suspensión del pago de salario a funcionarios de elección popular —síndicos, regidores o alcaldes— que se les han impuesto medidas cautelares por el juez penal, y que les imposibilita asistir a su trabajo a realizar sus labores. Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 Sobre el particular, con cita en la jurisprudencia y precedentes seña ...
Fecha publicación: 05/01/2022
Fecha emisión: 05/01/2022
Documento: 00090-2022.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE CORREDORES
Emite: División Jurídica
Tipo documental: OFICIO DE ASESORIA DE LA HACIENDA PUBLICA
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 20932 23 de noviembre, 2021 DJ-1836-2021 Señores(as) Concejo Municipal Vicealcaldes y Vicealcaldesas Municipalidad de San José Municipalidad de Alajuela Municipalidad de Cartago Municipalidad de Escazú Municipalidad de San Carlos Municipalidad de Osa Concejo Municipal y Alcaldía de la Municipalidad de Golfito Estimados(as) señores(as): Asunto: Comunicación preventiva de la Contraloría General de la República sobre la improcedencia de reconocimiento salarial a funcionarios suspendidos por causa penal que impide el desempeño de sus labores. La Contraloría General de la República en ejercicio de sus atribuciones constitucionales como órgano encargado de la vigilancia de la Hacienda Pública (artículos 183 y 184 constitucionales) y rector del sistema de control y fiscalización consagrado en su Ley Orgánica n.° 7428 del 07/09/1994, conforme a sus competencias en materia de fiscalización que incluyen el asesoramiento y orientación de carácter preventivo a los sujetos fiscalizados para evitar la ocurrencia de irregularidades que puedan configurar un perjuicio para la sana administración de los fondos públicos, hace del conocimiento de las instancias indicadas que mediante el ejercicio de su función consultiva, este Órgano Contralor se ha pronunciado en cuanto a la improcedencia del reconocimiento salarial a funcionarios suspendidos por causa penal que impide el desempeño de sus labores. Al respecto, se ha indicado lo que se reseña a continuación: Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 1) Mediante oficio n.° 14312 (DJ-1326) del 05 de octubre de 2018 (criterio vinculante para el gestionante), se evacuó consulta en torno a la procedencia o suspensión del pago de salario a funcionarios de elección popular —síndicos, regidores o alcaldes— ...
Fecha publicación: 23/11/2021
Fecha emisión: 23/11/2021
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
Emite: División Jurídica
Tipo documental: OFICIO DE ASESORIA DE LA HACIENDA PUBLICA
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS GUBERNAMENTALES DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS GUBERNAMENTALES Máster Dora Orozco Sánchez -2- 16 de enero, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 404 16 de enero, 2004 FOE-GU-17 Máster Dora Orozco Sánchez Oficial Presupuestal Departamento Financiero Mnisterio De Trabajo Y Seguridad Social Estimada señora: Asunto: Respuesta a oficio DF-001-2004, relacionado con visado de factura a nombre del señor Ulises Villegas Castillo. Mediante su nota DF-001-2004 manifiesta que a pesar de que la factura electrónica Nro. 190004029, por concepto de diferencias de pensión, a nombre del señor Ulises Villegas Castillo (amparada a la resolución administrativa Nro. 072-2003) se visó, ese nombre aparece en el listado de documentos devueltos sin aprobación, según los términos del oficio 14924 de 17 de diciembre de 2003, emitido por esta Área de Fiscalización; de ahí que solicita una aclaración para definir lo pertinente con respecto al pago en cuestión. Sobre el particular se le comunica lo siguiente: Con base en la documentación adjunta a su oficio, se ha realizado un nuevo análisis del caso a la luz del lineamiento dado por la Procuraduría General de la República en el pronunciamiento C-367-2003 del 20 de noviembre de 2003 (en el cual se respaldó esta Oficina para no visar las facturas electrónicas y devolver las resoluciones administrativas incluidas en el oficio 14924 supracitado), determinándose lo siguiente. El pronunciamiento C-367-2003 señala que las gestiones para reclamar diferencias o mensualidades de pensión no pagadas, presentadas antes del 3 de marzo de 1999 –fecha en que la Sala Constitucional votó la resolución Nro. 01584-99 -, deben ser analizadas y resueltas en sede administrativa de conformidad con los criterios vigentes a esa fecha, referidos en concreto al plazo de prescripción civil aplicable (artículo 870 del Código Civil ...
Fecha publicación: 17/01/2004
Fecha emisión: 14/01/2004
Documento: 00404-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS GUBERNAMENTALES DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS GUBERNAMENTALES Licda. Patricia Soto González -2- 16 de enero, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 395 16 de enero, 2004 FOE-GU-16 Licenciada Patricia Soto González Directora División Jurídica Ministerio De Educación Pública Estimada señora: Asunto: Respuesta a oficio DASE-8542-2003. Con el oficio Nro. 13679 del 25 de noviembre de 2003 se devolvieron sin visado las facturas Nros. 1900071778, 1900071782 y 1900071784, como consecuencia de que el “por tanto” de las resoluciones administrativas que las amparaban, correspondía, en cada caso, a una persona diferente de aquella a favor de la cual había sido emitido el documento original. Ante tal situación el Lic. Ricardo Mora Cooper, abogado de la División a su cargo, señala mediante el oficio Nro. DASE-8542-2003, que las medidas precautorias tomadas por esa instancia al manipular las resoluciones administrativas son de tal naturaleza que garantizan en todos los casos una compaginación correcta. Asimismo, agrega que la responsabilidad por los problemas de compaginación detectados en las susodichas resoluciones eventualmente podrían originarse en la Dirección Financiera del Ministerio de Educación. En relación con este caso, el oficio Nro 13679 señala que errores de este tipo evidencian fallas en el sistema de control interno de la entidad, las cuales deben ser corregidas con prontitud para asegurar la buena marcha institucional; asimismo, el referido oficio ordena la apertura de un procedimiento administrativo que permita identificar a los funcionarios responsables de lo actuado y la posterior aplicación del Régimen de Responsabilidad previsto por la normativa vigente. Por lo anterior, no resulta procedente la recomendación o sugerencia contenida en el oficio DASE-8542-03 para que esta Contral ...
Fecha publicación: 16/01/2004
Fecha emisión: 13/01/2004
Documento: 00395-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: OTROS


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS GUBERNAMENTALES DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA DEPARTAMENTO GOBIERNO PRESUPUESTOS Sr. Patricia Soto González -3- 19-1-2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 424 19 de enero, 2004 FOE-GU-0021 Licenciada Patricia Soto González Directora División Jurídica Ministerio De Educación Pública Estimada señora: Asunto: Respuesta a oficio DASE-8485-2003, relacionado con la resolución administrativa No. 946-2003. Mediante el oficio DASE-8485-2003, suscrito por el Lic. Luis Guillermo Cornejo Rojas, abogado de la División a su cargo, se cuestionan las razones con base en las cuales esta Área de Fiscalización devolvió sin visado la factura electrónica No. 1900066662 por concepto de servicios de transporte de estudiantes prestados por el interesado durante julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2002. Al respecto se le comunica lo siguiente: En el oficio Nro. 13658 (FOE-GU-0581) del 25 de noviembre de 2003, se indican los motivos que impidieron visar la referida factura electrónica. Tales motivos tienen su asidero en el estudio realizado en su oportunidad a la copia certificada de la resolución administrativa Nro. 946-2003, remitida por la Dirección Financiera del Ministerio de Educación Pública, y los mismos son: 1. Que el referido servicio se prestó con base en un contrato ilegítimo, por lo que la única posibilidad de pagarlo era acudir a la vía de la indemnización, lo que implicaba una rebaja de un 10%, por concepto de lucro o utilidad, de la suma irregularmente pactada. 2. Que paralelamente debía hacerse una relación de hechos sobre lo acontecido y ordenarse la apertura de un procedimiento administrativo, cuyo propósito consistía en determinar si lo actuado configuraba situaciones que riñeran con el Régimen de Responsabilidad previsto legal y reglamentariamente, lo que permitiría ...
Fecha publicación: 10/01/2004
Fecha emisión: 07/01/2004
Documento: 00424-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: OTROS